COSTA
RICA
Nuevo
delito de trata de personas en Costa Rica procura dureza
contra criminales y protección a víctimas y testigos
San
José, Costa Rica, Lunes 16 de febrero.- Un nuevo marco
legal sobre la trata de personas para lograr eficacia en la persecución
del delito, mayores condenas para los criminales, y protección
especial para las víctimas y testigos fue aprobado esta semana
por la Asamblea Legislativa de Costa Rica.
Estas
reformas contaron con los insumos de OIM, en apoyo a la gestión
de la Coalición Nacional contra la Trata de Personas, que durante
meses contribuyó con la redacción del artículo
172 del Código Penal sobre la Trata de Personas, del artículo
15 de la Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana, así
como de la reforma del Código Procesal Penal.
La
nueva tipificación del delito incluye prácticamente todos
los fines de la trata del Protocolo de Palermo, por ejemplo el matrimonio
servil, la extracción ilegal de órganos, y la esclavitud
y formas análogas. Además se incluyó la trata interna,
es decir el desplazamiento dentro del territorio de personas para someterlas
a situaciones de servidumbre.
“En
Costa Rica la trata de personas está penalizada. Sin embargo,
el tipo penal era limitado y vulnerable. No sancionaba la trata interna
y la taxatividad de los fines limitaba o eliminaba la potestad inclusiva
e interpretativa del juez. A la vez, existen una serie de conductas,
como el tráfico de órganos y la explotación laboral
en sus diferentes manifestaciones que no estaban debidamente sancionados.
No existía conectividad entre el delito de trata y otros conexos”.
Así
concluye un estudio sobre la normativa de la trata de personas y su
aplicación en Costa Rica, realizada por OIM el año anterior
y que sirvió de base para estos cambios en la legislación.
En
las agravantes de la pena se incluyeron aspectos como el que cualquier
persona que cometa el delito valiéndose de su función
pública recibirá una pena mayor, también cuando
dos o más personas (crimen organizado) lo cometan, cuándo
haya vínculos de parentesco, y si la víctima sufre daños
en su salud.
En
relación con la Ley Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana.
OIM dio apoyo técnico en la propuesta para incorporar el artículo
15 del proyecto que contempla tres incisos: recibir información
sobre los derechos que asisten a las víctimas en un idioma que
comprendan y en forma accesible a su edad y madurez; permanecer en el
país, de conformidad con la legislación migratoria vigente,
y a recibir la documentación que acredite tal circunstancia;
y a que su nombre no sea incluido en ningún registro especial.
“La
reforma incluye un tipo de protección que es muy específica
de las víctimas de la trata (que muchas son extranjeras) cual
es la de gozar de una protección migratoria especial en el país
mientras se investiga y confirma su situación de explotación,
se evalúan los riesgos para su vida y de define las mejores alternativas
para su futuro”, explicó Luis Fernando Centeno, consultor
legal de OIM.
En
relación con el Código Procesal Penal, las reformas propuestas
se dirigieron a facultar al juez a hacer un juicio privado cuando es
sobre trata de personas y que las declaraciones o los testimonios de
la víctimas pueden ser recibidas utilizando técnicas especiales
como la video conferencia y la cámara Gesell para proteger la
identidad de los violentados.
Más
información en el documento "Algunas
consideraciones sobre la reforma del tipo penal que sanciona la Trata
de Personas en Costa Rica"
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Ana Beatriz Fernández
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